Ante la contundencia de los argumentos de la Fiscalía General de la Nación, durante las audiencias concentradas, el Juzgado Primero Penal de Ocaña dictó medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de Josè Alberto Contreras Díaz, presunto integrante del Grupo Armado Organizado (GAO), Ejército de Liberación Nacional (ELN).
Según las investigaciones Josè Alberto Contreras, supuesto miembro activo del frente de guerra Héroes del Catatumbo del ELN, es procesado por hechos ocurridos el pasado 25 de agosto en el corregimiento Capitán Largo, municipio de Abrego, Norte de Santander.
Al parecer, el hoy imputado les habría disparado con arma de fuego a tres comerciantes, causándoles la muerte. Las víctimas fueron identificadas como: Wilmar Carreño, Gabriel Balmaceda y John Ángel Contreras Gil, luego de pagar una millonaria suma de dinero, producto de una extorsión, por parte de los subversivos.
Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), capturaron al procesado en las instalaciones de la Policía de Ocaña, el pasado 21 de diciembre donde estaba detenido por otro proceso.
Contreras Díaz, de 26 años, no se allanó a cargos imputados por los delitos de homicidio agravado en concurso homogéneo y sucesivo, en calidad de coautor, y el delito de rebelión.
Estos resultados responden a la estrategia investigativa para contrarrestar los fenómenos delictivos que afectan la seguridad ciudadana, desarrollada bajo el Direccionamiento Estratégico trazado por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
JGPV/MG/WC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004._