La Fiscalía Seccional Guainía apeló la medida de aseguramiento domiciliaria impuesta contra Pedro Antonio Faneyte Vega, presunto responsable del hurto de 308 millones de pesos de las arcas de la gobernación de Guainía. 

La situación se habría presentado en mayo de 2017 cuando el detenido y otras personas se habrían concertado para, por medios informáticos, apoderarse fraudulentamente de la referida suma.

Para este ilícito los implicados habrían vulnerado el sistema informático, y trasladado la suma a tres cuentas de empresas ficticias.  Según denuncia estas personas, al parecer, pretendían apoderarse de 1.200 millones de pesos pero controles antifraude impidieron que se concretara el hurto.

Según se logró determinar, los dineros fueron retirados de la sucursal de un banco ubicado en Cartagena (Bolívar) por Faneyte Vega, quien figuraba como representante legal de una empresa fachada. Razón por la cual fue emitida orden de captura en su contra en marzo de 2020. 

En puesto de control instalado por la Policía Nacional en Cartagena (Bolívar) se logró materializar la captura del detenido, quien fue presentado en audiencias concentradas de manera virtual ante el Juzgado 2° Promiscuo Municipal de Inírida (Guainía).  

La Fiscalía imputó cargos en contra del implicado como presunto responsable de los delitos de hurto a través de medios informáticos agravado en concurso con enriquecimiento ilícito contra el detenido, los cuales no fueron aceptados. 

La seccional Guainía Vaupés adelanta estas investigaciones siguiendo el Direccionamiento Estratégico trazado por el Fiscal General, Francisco Barbosa Delgado, para velar por los recursos del Estado. 

La Fiscalía publica esta información por razones de interés general. 

PYMP/MAGA/MJPM

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.