Carlos Duero Sánchez y Andrés Felipe Vargas Muñoz fueron acusados formalmente por la Fiscalía General de la Nación como presuntos responsables de los delitos de tentativa de homicidio en concurso con hurto calificado y fabricación, tráfico y porte ilegal de armas de fuego, partes o municiones, agravado.

El encargado de hacer la acusación fue un fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Caquetá, quien se refirió a los hechos ocurridos el 22 de septiembre del año 2020 en un taller ubicado en el barrio Atalaya de Florencia cuando, supuestamente, los implicados atacaron con arma de fuego a Isaac Hernández Chávez.

La víctima fue impactada en el cuello luego de intentar resistirse a un hurto. Los procesados minutos antes lo habían sacado del taller con la excusa de necesitar cotizar la pintura de una moto.

Los sospechosos despojaron al afectado de una cadena avaluada en más de un millón de pesos. Por su parte, la víctima fue atendida en una clínica de la ciudad donde lograron estabilizarlo.

Al término de la audiencia de formulación de acusación, llevada a cabo ante un juzgado del circuito de la capital caqueteña, se fijó fecha la audiencia preparatoria de juicio para el 23 de abril próximo.

Estos resultados se dan en el marco del Direccionamiento Estratégico 2020-2024 del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, como resultado de la priorización de las investigaciones relacionadas con delitos contra la vida y la seguridad ciudadana.

La Fiscalía publica esta información por razones de interés general.

PAAM/MAGA/DMNF

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.