Luego de acoger la solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento intramuros en contra de José Rubiel Montes Hincapié, un agricultor de profesión, por el delito de homicidio agravado y fabricación, tráfico y porte de armas y municiones. El procesado no aceptó los cargos. 

De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron el 27 de julio del 2020, en cañada ubicada en predios de una finca, zona rural del municipio de El Dovio (Valle del Cauca), donde servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) hallaron el cuerpo de un hombre identificado como Fernando Antonio González Ortiz.

La Fiscalía le formuló imputación de cargos al capturado por el delito de homicidio agravado y fabricación, tráfico y porte de armas y municiones.

Mediante labores del policía judicial, los investigadores identificaron plenamente a quien supuestamente habría asesinado al hoy occiso, quien tenía heridas con arma de fuego, por lo que se solicitó orden de captura en su contra, la cual se hizo efectiva el 20 de enero en el municipio de Calarcá (Quindío).

En las audiencias preliminares, la Fiscalía le formuló imputación de cargos al capturado por el delito de homicidio agravado y fabricación, tráfico y porte de armas y municiones.

Lo anterior, responde al cumplimiento de la estrategia de esclarecer los hechos en los que se atenta contra la seguridad ciudadana enmarcados dentro de los lineamientos del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, en su política institucional “En las calles y en los territorios”.

La Fiscalía General de la Nación pública esta información por razones de interés general. 

MAP/SMLR/MG 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.