Al acoger los argumentos de la Fiscalía General de la Nación, un juez con funciones de control de garantías de Pamplona (Norte de Santander) dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario en contra de Freddy Alexander Ochoa Tarazona, por el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. El procesado no aceptó los cargos.
Este hombre fue capturado en el municipio de Bochalema (Norte de Santander), durante operativos de registro y allanamiento a la vivienda donde reside el 28 de enero reciente.

Los uniformados incautaron el siguiente material probatorio:
- Un arma de fuego tipo revólver.
- Un arma de fuego tipo escopeta.
- Cinco proveedores para fusil Galil 5.56.
- Un silenciador para arma de fuego larga.
- Munición calibre 5.56 y 9 mm.
- Un chasis de motocicleta.
- Tres placas de vehículos venezolanos.
- Cuatro radios de comunicación.
- Partes y repuestos de motocicletas.
De acuerdo con la indagación, los procesados al parecer aprovechaban la concurrencia de turistas para supuestamente realizar los hurtos con armas de fuego.
Estas acciones responden al cumplimiento de la estrategia de esclarecer los hechos en los que se atenta contra la seguridad ciudadana enmarcados dentro de los lineamientos del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, en su política institucional “En las calles y en los territorios”.
La Fiscalía hace pública esta información por considerarla de interés general.
MPHA/JWCP /MG
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.