Un juez de control de garantías de Cúcuta (Norte de Santander) acogió la petición de la Fiscalía General de la Nación y profirió medida de aseguramiento intramuros en contra de Jesús Alonso Quintero Solano, alias Alonso, por los delitos de secuestro extorsivo agravado y secuestro simple en concurso homogéneo y simultaneo. 

De acuerdo con las indagaciones, el investigado, quien es presunto integrante de un grupo delincuencial común organizado, con injerencia en los municipios de Ocaña y Convención (Norte de Santander), habría participado en el secuestro de un agrónomo ocurrido en diciembre de 2017 en zona rural de Ocaña (Norte de Santander).

Se logro evidenciar que alias Alonso, al parecer era el encargado de seleccionar a las víctimas, realizar los seguimientos, y una vez obtenida la información compartirla con el grupo delincuencial para cometer la acción delictiva. Además, se presume que contactaba a los familiares de las personas para exigirles el pago, para la liberación.

En las audiencias preliminares, el juez legalizó la captura realizada por el Gaula de la Policía Nacional y fue enviado a la cárcel judicial Modelo de esta ciudad para cumplir la medida de aseguramiento impuesta por el ente juzgador. 

Estas investigaciones son el resultado de la estrategia del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, para impactar grupos delincuenciales comunes que afectan la seguridad ciudadana. 

La Fiscalía General de la Nación habla con resultados

MPHA/JWCP/MG

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.