El 18 de diciembre se conocerá el monto de la condena para cada uno de los implicados.
El material probatorio recaudado por la Fiscalía General de la Nación le permitió al Juzgado Primero de conocimiento, dar sentido de fallo condenatorio contra cuatro expolicías y un civil quienes fueron señalados como responsables de la desaparición forzada de dos de sus compañeros en hechos ocurridos el 14 y 15 de agosto de 2008 en Cali (Valle del Cauca).
La Fiscalía demostró en juicio que los hoy condenados formaban parte de una organización criminal que el 14 y 15 de agosto de 2008 desaparecieron al subintendente de la Policía Diego Fernando Garzón y al patrullero Cristian Javier Becerra.
Un testigo de la Fiscalía señaló a los hoy condenados como los responsables de actividades ilícitas como el fleteo, el asalto a entidades bancarias y homicidios, para lo cual utilizaban civiles a quienes uniformaban y dotaban con armas de uso privativo de la Fuerza Pública.
Para la época de los hechos los exuniformados estaban adscritos a la Sijin de Cali y tenían los siguientes rangos: teniente Juan Gabriel Carrillo García; los patrulleros Alejandro Robledo Acevedo, Wilmar Agudelo Flórez y Hugo William Santacruz. Asimismo, el civil Wilmar Leonardo Uzuga Quiñónez, alias Apache.
Por los delitos de concierto para delinquir agravado y desaparición forzada agravada fue condenado el teniente Juan Gabriel Carrillo García y el patrullero Alejandro Robledo Acevedo.
Entre tanto, por concierto para delinquir agravado y desaparición forzada fueron condenados los patrulleros Wilmar Agudelo Flórez y Hugo William Santacruz, así como el civil Wilmar Leonardo Uzuga Quiñónez, alias Apache.
En la lectura de sentido de fallo el juzgador acogió la petición de la Fiscalía y libró orden de captura contra los cinco sentenciados, quienes se encontraban en libertad luego de que magistrados de la segunda instancia declararan nulo el juicio inicial, sustentado en la jurisprudencia vigente de esa época (hoy revaluada) en la que se sostenía que el juez que dictaba sentencia debía ser el mismo con el que se había practicado pruebas.
La Fiscalía General de la Nación publica esta información por considerarla de interés general.
MAP/MAGA