Como presunto responsable del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, la Fiscalía le endilgó cargos a Julián Moreno Escobar, quien fue afectado con medida de aseguramiento en establecimiento carcelario por un juez de control de garantías.
Por estos hechos de los que habría sido víctima una menor de 13 años, su padrastro, quien atacó al presunto agresor por defenderla, fue judicializado por el delito de tentativa de homicidio bajo circunstancias de ira e intenso dolor.
Todo ocurrió este lunes 26 de septiembre a las 2:30 de la madrugada en una residencia del barrio Villavicencio en la capital risaraldense, cuando la madre y el padrastro perdieron de vista a su hija de 13 años de edad. Fue así como empezaron a buscarla por todo el lugar hasta llegar al cuarto del imputado, en donde la encontraron supuestamente desnuda al igual que el agresor.
La niña manifestó que el indiciado le había quitado la ropa y estaba abusando de ella, lo que al parecer desató la rabia del padrastro de la menor, y para defenderla se abalanzó contra el presunto violador y lo apuñaló en repetidas ocasiones.
En medio de la confusión Moreno Escobar fue llevado a un hospital y puesto a disposición de las autoridades, y posteriormente ocurrió lo mismo con el padrastro, señalado de intentar acabar con la vida del inquilino.
Fue así como esta mañana el Juzgado 7° Penal Municipal, con funciones de garantías de Pereira (Risaralda) tuvo en cuenta los argumentos de la Fiscalía y envió a la cárcel de manera preventiva a Julián Moreno Escobar.
El procesado de 38 años no aceptó los cargos durante las audiencias realizadas en un centro asistencial de la ciudad, donde se recupera de las heridas ocasionados por el padrastro de 54 años. Posteriormente será trasladado a la cárcel del distrito judicial de Pereira, La 40, como medida preventiva mientras avanza el proceso en su contra.
De otro lado, la misma Fiscalía URI que conoció el caso, ante el mismo juzgado le imputó al padrastro la tentativa de homicidio, que él aceptó. No se solicitó medida alguna pues el ente acusador consideró la ira e intenso dolor con que probablemente actuó el ofendido.
Deberá presentarse periódicamente ante la judicatura cuando sea requerido, por lo cual firmó un acta de compromiso.
PAAM/DLBM