Ante un juzgado penal del circuito especializado de Ibagué (Tolima) fue aprobado este lunes, 14 de diciembre, el preacuerdo mediante el cual fue condenada Diana Isabel Cano Quezada, segunda al mando de la organización delincuencial Los Churros. La implicada es conocida como la Churra.
La pena impuesta por el funcionario judicial fue de 81 meses de prisión, esto tras ser encontrada responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado en concurso con fabricación tráfico y porte de estupefacientes.

La mujer también deberá pagar una multa de 1.834 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y se dispuso compulsar copias para continuar una investigación por el delito de uso de menores de edad para la comisión de delitos dentro del grupo delictivo.
Esta condena se logra en el marco del Direccionamiento Estratégico 2020-2024 de la Fiscalía General de la Nación, que prioriza las investigaciones contra de los grupos delincuenciales organizados que afectan la seguridad ciudadana.
Sobre Los Churros
El GDO Los Churros fue impactado en el año 2017 y es considerado por las autoridades como el responsable del tráfico de sustancias estupefacientes en el casco urbano y rural de Ambalema (Tolima).
Según lo establecido por un fiscal de Ibagué, adscrito a la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales (Decoc) que lideró la investigación, este grupo delinquía desde el año 2016 y se cree tenía el control de casi el 80% de la comercialización de las sustancias ilícitas en esa zona, actividad que además cumplía en diferentes modalidades.
Esto conllevó a la comisión de varios homicidios, causados en el marco de disputas por territorios para el microtráfico.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
PAAM/MAGA/JISP
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.