Después de que la Fiscalía imputará cargos contra Iván Rene Alba Rodríguez, John Jaime Reyes Carvajal, Josman José Sánchez Sánchez y Emerson Arturo Prada Sánchez por los delitos de fabricación, tráfico porte y tenencia de armas de fuego agravado y hurto calificado y agravado, el Juzgado Segundo Penal con funciones de control de garantías ambulante de Cúcuta (Norte de Santander) impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario.

Las capturas en flagrancia de los cuatro hombres fueron efectuadas el pasado 19 de enero por personal de la Policía Nacional, luego de que hurtaran una motocicleta que se encontraba estacionada frente a la casa de Gonzalo Salazar Rodríguez, aduciendo retenerla por el pago de una deuda.

Las investigaciones adelantadas por el ente acusador evidenciaron que, durante el ilícito, los procesados habrían herido a la víctima con arma de fuego en sus extremidades inferiores.

Dentro de los capturados figura un escolta de una empresa de seguridad de la región.

En el procedimiento las autoridades les incautaron el siguiente material:

  • Una pistola marca Jericó, calibre 9 mm.
  • Dos proveedores.
    Dieciocho cartuchos.
  • Dos armas traumáticas marca Retay, tipo pistola con dos proveedores para la misma.
  • Ocho cartuchos.
  • Camioneta marca Ford.

Esta judicialización se efectuó siguiendo las directrices dispuestas por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, para fortalecer la seguridad ciudadana y combatir la delincuencia, en el marco del plan institucional “En las calles y en los territorios”.

La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.  

MPHA/JWCP/ MG

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.