Un fiscal de la Unidad de Delitos Sexuales de Bogotá, con apoyo de la policía judicial Sijín, logró la judicialización de José Hugo Ortiz García, por su presunta responsabilidad en los delitos de acceso carnal violento agravado, acceso carnal abusivo con menor de catorce años, actos sexuales con menor de catorce años agravado y acto sexual violento agravado.
De acuerdo con la investigación adelantada, los hechos ocurrieron en un inmueble ubicado en el barrio Tesoro de la localidad de Ciudad Bolívar, en el sur de Bogotá, del cual el presunto abusador es propietario. Allí tenía dos apartamentos dentro de la casa, arrendados a dos familias diferentes.
Aprovechando su calidad de arrendador, se presume que el hombre accedió carnalmente y realizó tocamientos a una menor que residía en una de las viviendas, entre los años 2018 y 2020. Según lo establecido, los vejámenes habrían empezado cuando la niña tenía 10 años.
También se evidenció que Ortiz García habría amenazado a la víctima con hacerles daño a sus padres si les llegaba a contar lo ocurrido.
En marzo de 2021, este hombre supuestamente abordó a otra menor de 13 años, inquilina de uno de los apartamentos, y le realizó tocamientos en sus partes íntimas.
Tras la denuncia, se conoció que el investigado, aparentemente desde 2013 venía molestando a las niñas, diciéndoles palabras obscenas.
En audiencias preliminares, realizadas ante el Juzgado 8 Penal Municipal con función de control de garantías, Ortiz García no aceptó su responsabilidad y fue afectado con medida de aseguramiento en establecimiento de reclusión.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
LMFO/DSSV/DLBM
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.