El Juez 10º Penal del Circuito, con funciones de conocimiento, valoró el material probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación y condenó a 3 años de cárcel y al pago de una multa por $23 millones de pesos, a Beatriz Johanna Quiñonez Castillo, ama de casa y madre de un menor de edad, por agredir físicamente a Lucero Villanueva Molina, profesora de un jardín infantil, a quien le provocó lesiones en su rostro, en Cali (Valle del Cauca).
Los hechos ocurrieron el 11 de agosto de 2011, en el barrio Marroquín II, del distrito de Aguablanca, al oriente de Cali, donde Quiñonez le reclamó airadamente a la profesora “por qué su hijo no había comido torta ni tomado gaseosa”, en una fiesta de cumpleaños. Villanueva Molina le pidió a la madre que se calmara y sacó un álbum mostrándole fotografías donde se ve al menor consumiendo la torta con gaseosa.
Sin embargo, la madre de familia no atendió las explicaciones y volvió a reclamarle a la docente, gritándole que no le dijera que “su hijo era un mentiroso” y le lanzó un puño al rostro golpeando su ojo izquierdo, ocasionándole, además, una herida con un anillo que portaba. Los hechos ocurrieron en presencia del hijo menor de la profesora.
La valoración de las lesiones en el Instituto de Medicina Legal obligó a que la víctima fuera incapacitada por 20 días. Además, quedó con una deformidad física que afecta su rostro de manera permanente.
Ante las reiteradas negativas para conciliar con la docente, la Fiscalía presentó escrito de acusación contra la procesada. Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía demostró que Quiñonez Castillo, “al agredir a la docente, le causaba daño en su integridad física y quiso hacerlo. Además, que tenía la capacidad para comprender que, sin justa causa, su conducta era ilícita y que no debía hacerlo”.
El Juez 10º emitió la sentencia condenatoria y reiteró que “la señora Beatriz Quiñonez comprendía que causaba daño en el cuerpo de Lucero Villanueva, en presencia de su hijo”.
La pena aplicada a la madre de familia, por lesiones personales, fue de 3 años de prisión, excarcelables por no tener antecedentes ni figurar con anotaciones judiciales en su contra.
JGPV/DLBM