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El hombre de 23 años fue diagnosticado en 2014 con retraso mental leve y esquizofrenia.
Luego de acoger los argumentos y pruebas presentados por la Fiscalía en juicio oral, el Juzgado Primero Penal del Circuito Sogamoso (Boyacá) condenó a un hombre a permanecer recluido por 20 años en un establecimiento psiquiátrico, como medida de seguridad, luego de hallarlo responsable como autor en calidad de inimputable, del delito de acto sexual agravado.
El procesado deberá cumplir la reclusión en una clínica especializada para que reciba el tratamiento que requiere. En la decisión, el juzgado aclaró que dicha medida no podrá ser superior a veinte (20) años, y el mínimo dependerá de las necesidades del tratamiento concreto para el caso.
Según la investigación, el joven de 23 años agredió sexualmente a su tía de 61 años en el municipio de Labranzagrade (Boyacá), en marzo de 2018.
Durante el juicio se dio a conocer que desde 2014 el hombre era tratado como paciente con un trastorno psíquico mixto, y su historia clínica indica que padece un retraso mental leve y esquizofrenia.
La decisión judicial del togado fue apoyada en la recomendación del Instituto Nacional de Medicina Legal, que luego de examinar al procesado concluyó que este presenta inmadurez psicológica y que para el momento de los hechos le impidió comprender la ilicitud de sus actos.
Por tanto, se recomendó que el hombre reciba cuidado en establecimiento psiquiátrico o clínica adecuada de carácter oficial donde sea sometido al tratamiento científico a fin de manejar y controlar de manera adecuada sus impulsos para evitar nuevos episodios.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
MRB/DLBM