Dadas las presuntas omisiones de los procesados, una avalancha provocó la afectación de cientos de pobladores y la destrucción de viviendas, puentes, vehículos e infraestructura vial.
Luego del desbordamiento de los ríos Mulato, Taruca y Sangoyaco, que generó una avalancha el 31 de marzo de 2017 y afectó 16 barrios del municipio de Mocoa (Putumayo), la Fiscalía infirió la presunta responsabilidad de tres funcionarios del departamento y les imputó cargos ante el Juzgado Segundo Penal Municipal de esa ciudad, con función de control de garantías, por el delito de prevaricato por omisión.
Se trata del Director General de la Corporación Autónoma Regional del Sur de la Amazonía, Luis Alexánder Mejía Bustos; la coordinadora del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, Adriana Yasmid Arcos Narváez, y el coordinador del Comité Regional de Prevención y Atención de Desastres del Putumayo, Lalo Giovanni Zambrano Ramírez.
Al primero se le imputaron cargos en calidad de autor y en modalidad dolosa, mientras que a los otros dos investigados como presuntos coautores y modalidad culposa.
Según la investigación del ente acusador, Mejía Bustos habría incumplido el artículo 31 de la ley 99 de 1993, así como el decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector ambiente y desarrollo sostenible, frente de los planes de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas frente a los (Pomca), que indica que “es función de las corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible, la elaboración de los planes de ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas de su jurisdicción, así como la coordinación de la ejecución, seguimiento y evaluación de los mismos”.
Igualmente, respecto de Arcos Narváez y Zambrano Ramírez, se presume que también incumplieron sus funciones reglamentarias como coordinadora del consejo municipal de gestión del riesgo de desastres y coordinador del comité regional de prevención y atención de desastres del putumayo, frente la normatividad existente ley N°. 1523 de 2012, “Por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres” y su Decreto Reglamentario N°. 1974 de 2013, “por el cual se establece el procedimiento para la expedición y actualización del plan nacional de gestión del riesgo”.
Dadas las presuntas omisiones de los procesados, la avalancha provocó la afectación de cientos de pobladores y la destrucción de viviendas, puentes, vehículos e infraestructura vial en los sectores San Miguel Nuevo Horizonte y Junín, así como en los barrios San Fernando, Los Laureles, Jordán, Jordancito, La Esmeralda, Altos del Bosque, El Libertador, Progreso, La Independencia, Modelo, San Antonio, San Agustín, El Carmen y Los Pinos.
Los funcionarios no fueron cobijados con medida de aseguramiento pero continúan vinculados a la investigación.
DLBM