La investigación se relaciona con presuntas irregularidades que pudieron haberse dado en la celebración de dos contratos de compraventa por escogencia inadecuada de la modalidad de contratación.

La Fiscalía imputó cargos a Luis Felipe Conde Lasso, exalcalde de Aipe (Huila); a José Cevel Castro Tovar, exsecretario de Desarrollo; y a Héctor Repizo Ramírez, ex asesor jurídico del mismo municipio, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, al cual no se allanaron los procesados.

Según los investigadores del CTI de la Fiscalía, estas personas habrían incurrido en dicha conducta, en ejercicio de sus cargos, cuando en junio de 2008 la Alcaldía suscribió los contratos de compraventa No. 028 y 029 de 2008, con Jhon Jairo Escobar Gómez, representante legal de la empresa Palágro, para el tratamiento de aguas residuales en la zona rural; pues se detectó una inadecuada escogencia de la modalidad de contratación directa.

Los valores de los contratos fueron pactados por las sumas de $12.737.100 y $12.880.100, respectivamente, para ser ejecutados en un término de 30 días contados a partir de las firmas de las actas de iniciación, las cuales fueron suscritas el 3 de junio de ese año por el entonces secretario de Desarrollo y el contratista en mención, cuya fecha de terminación fue el 11 de julio, conforme a las actas de liquidación, suscritas por estas mismas personas.

En estos contratos también intervino Repizo Ramirez en su condición de contratista como asesor jurídico, quien en cumplimiento de su obligación de asesorar los procesos de contratación estatal en todas sus etapas, materializó esta obligación, plasmando su visto bueno en ellos.

Las investigaciones preliminares dejaron entrever que en estos procesos hubo fraccionamiento en el objeto contractual, para evitar el proceso de selección abreviada de menor cuantía que era el que se exigía para la celebración de los contratos, puesto que sumados superaban la mínima cuantía de $12.922.000, presentándose una transgresión a los principios de planeación, trasparencia y selección objetiva.

La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.

 

PAAM/DLBM