La defensa apeló ante la Corte Suprema de Justicia para que se le concediera el beneficio de la prisión domiciliaria.
Durante la audiencia de lectura de fallo que condenó a 8 años y 3 meses de prisión al ex juez primero penal del Circuito de Bello (Antioquia), Luis Armando Vásquez García, la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín le negó al procesado el beneficio de la prisión domiciliaria.
El subrogado penal fue solicitado por el defensor por considerar que el exfuncionario tiene 68 años de edad y por las difíciles condiciones de salud, que según su argumentación, se padecen en los diferentes centros carcelarios del país.
Ante la negativa de la corporación judicial el abogado interpuso el recurso de apelación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
En un preacuerdo celebrado con la Fiscalía, el ex servidor público aceptó su responsabilidad por el delito de concusión, dos cohechos propios, tres prevaricatos por acción y prevaricato por omisión.
De acuerdo con la investigación adelantada por un fiscal delegado ante el Tribunal Superior de Medellín, entre los años 2011 y 2018, el entonces juez tomó decisiones contrarias a derecho para favorecer a varios procesados por conductas delictivas como secuestro agravado, abuso sexual de menores y hurto calificado y agravado. Varios de los beneficiados con los fallos cuestionados eran integrantes de una organización criminal conocida como Los Pachelly.
Entre las decisiones irregulares figuran la reducción amañada de penas y la libertad de algunas personas que habrían pagado sumas de dinero que oscilan entre los 5 y los 8 millones de pesos.
En el mismo proceso, la Fiscalía y la defensa de Milena Martínez Muñoz, compañera sentimental del ex funcionario judicial, celebraron otro preacuerdo y acordaron una pena de 58 meses y 15 días de prisión.
Martínez Muñoz quien sería la persona encargada de contactar a la familia de los investigados y de recibir el dinero después de los fallos irregulares, aceptó cargos por concusión y cohecho propio, en calidad de interviniente.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
LFML/DLBM