Se habrían concertado con un juez de ejecución de penas y un ingeniero de sistemas para que fueran concedidos beneficios judiciales de forma irregular.

Un juez de control de garantías de Bogotá acogió la solicitud de la Fiscalía General de la Nación y profirió medida de aseguramiento en centro carcelario contra Marta Patricia Lozada Romero, funcionaria del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), y Germán Orlando Espinosa Flórez, condenado a 192 meses de prisión por el delito narcotráfico.

Durante las audiencias, la Fiscalía imputó a la mujer por los delitos de prevaricato por acción y falsedad ideológica en documento público en circunstancias de agravación; al tiempo que formuló cargos contra el sentenciado por falsedad material en documento público, con circunstancias de agravación punitiva en calidad de coautor, en concurso con acceso abusivo a un sistema informático, en concurso con daño informático, en concurso con prevaricato por acción.

Los hechos investigados ocurrieron en el año 2015. Lozada Romero, quien cumplía funciones en el Grupo de Violencia Sexual de Menores de Edad en el ICBF, habría emitido en un concepto en el que certificó la condición de padre cabeza de familia a Espinosa Flórez, quien permanecía recluido en la cárcel La Picota, en Bogotá.

 “Para la época de los hechos, la funcionaria no tenía esas funciones y no estaba autorizada hacer esa clase de visitas, tampoco el de emitir este tipo de certificaciones como la de señalar que se trataba de un padre cabeza de familia” sostuvo el fiscal anticorrupción.

Para la Fiscalía la expedición de ese documento fue una maniobra que permitió a Germán Orlando Espinosa Flórez solicitar el beneficio de detención domiciliaria ante el juez 12 de Ejecución de Penas y de Seguridad.

Este argumento fue respaldado por el juez de control de garantías, quien precisó: “se presume que la defensora de familia no siguió el procedimiento establecido para ello y tomó una decisión desajustada a la realidad, y sin ningún tipo de verificación previa concedió una certificación de beneficencia al imputado y no a los menores como debió ser; por eso se configura de manera preliminar el delito de prevaricato”.

En cuanto a Espinosa Flórez, la Fiscalía ha señalado que sería el determinador de este acto de corrupción en la administración de justicia. Al parecer,  realizó los trámites ilícitos para ser favorecido y, al obtener la detención domiciliaria, obstruyó a la justicia y evadió la sentencia en su contra por narcotráfico.

CMRM/JARG