Al acoger la solicitud de la Fiscalía, el Juzgado Quinto Penal Municipal con funciones de control de garantías de Cúcuta (Norte de Santander) impuso medida de aseguramiento intramuros en contra de Dimas Ernesto Puerto Medina, alias Dimas, por su presunta responsabilidad en el delito de homicidio.

Dimas Ernesto Puerto Medina, alias Dimas, imputado por homicidio en zona pública del municipio de Cúcuta.

Según las investigaciones adelantadas por el ente acusador, alias Dimas, al parecer es integrante de un Grupo de Delincuencia Común Organizado (Gdco) Los Fulanos, dedicados al hurto en todas sus modalidades, especialmente a residencias y establecimientos comerciales. 

El hombre es investigado por los hechos ocurridos el 16 de julio de 2020 en vía pública del barrio Las Colinas de Cúcuta, cuando al parecer hirió con arma de fuego a Manuel Eduardo Acevedo, causándole la muerte.

Se presume que días antes víctima y victimario se habrían enfrentado.

El investigado, quien no aceptó los nuevos cargos que le imputó la Fiscalía, gozaba del beneficio de casa por cárcel, por los delitos de concierto para delinquir, hurto y hurto calificado y agravado.

El procesado fue trasladado a la cárcel Modelo de esta ciudad.

Estos resultados responden a la lucha contra el esclarecimiento de homicidios adelantados por la Seccional Norte de Santander, bajo el direccionamiento estratégico del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado.  

La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.

MPHA/JWCP/MG

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.