Por solicitud de la Fiscalía Local de la Estructura de Apoyo EDA fue asegurado con detención intramuros Brayan Enrique Murcia Patiño, presuntamente implicado en el delito de hurto por medios informáticos.

Murcia Patiño se presentó ante las autoridades tras conocer de un proceso penal que se sigue en su contra y que está relacionado con hechos ocurridos el año pasado en Villavicencio (Meta).

Siguiendo los direccionamientos trazados por el Fiscal General Francisco Barbosa Delgado en cuanto a la necesidad de proteger el patrimonio de los ciudadanos, la Seccional Meta judicializó a Murcia Patiño, quien presuntamente hace parte del grupo delincuencial organizado GDCO Los Geniales que se dedicaría a realizar hurtos por medios informáticos.

Según se señala, el implicado hacía parte de la banda ilegal que seleccionaba  a sus víctimas y cuando estas pretendían sacar dinero de cajeros electrónicos, recurría a engaños para poder cambiarles sus tarjetas electrónicas y así  desocupar sus cuentas o hacer compras. 

El implicado fue presentado por la Fiscalía ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Cumaral (Meta).

La Fiscalía imputó cargos contra el detenido como presunto responsable del delito de hurto por medios informáticos en modalidad cambiazo de tarjeta débito. El cargo no fue aceptado por el implicado.

En septiembre pasado Paola Julieth Daza Carrillo y Steven Alexander Penagos Rico, quienes harían parte de esta banda delincuencial fueron detenidos y cobijados con medida de aseguramiento en centro carcelario.

La Fiscalía publica esta información por razones de interés general.

PYMP/MAGA/EA  

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.