La Dirección de Asuntos Jurídicos, con corte a 31 de agosto de 2025, llegó al turno de pago 7 de octubre de 2022. No obstante, se aclara que, respecto de los fallos por nulidad y restablecimiento del derecho se requiere la completitud de documentos de la historia laboral de los beneficiarios a fin de realizar la liquidación conforme al salario devengado durante el tiempo reconocido en la Sentencia.  Dicha información es suministrada por la Subdirección de Talento Humano y/o las Subdirecciones Regionales respectivamente. 

Por lo cual, una vez la Dirección de Asuntos Jurídicos llegue al turno asignado y si aún no se ha recibido la documentación requerida, la obligación se tendrá como priorizada, con el fin de que tan pronto se tenga la información completa, el crédito judicial pase de manera inmediata a reconocimiento y pago.
1 Videollamadas en Lengua de Señas Colombiana 2 llamada virtual 3 Chat 4 Mensajería SMS Chat 898006