Las autoridades judiciales de Países Bajos le atribuyen nexos con redes narcotraficantes de Colombia, España, Países Bajos y Albania.
A disposición de la Fiscalía General de la Nación quedó el ciudadano neerlandés Glenn Sherman De Freitas, señalado articulador principal de una estructura delictiva trasnacional a la que se le atribuye el envío de diversas cantidades de clorhidrato de cocaína desde el Aeropuerto Internacional El Dorado de Bogotá hasta países de Europa.
Esta persona fue ubicada en un inmueble de la localidad de Usaquén, en el norte de Bogotá, en cumplimiento de una notificación roja de Interpol. En el procedimiento, realizado de manera conjunta entre la Dirección Especializada contra el Narcotráfico y la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, fueron incautados 10 kilogramos de cocaína, un revólver, 10 cartuchos de diferentes calibres y 456 millones de pesos en efectivo.
El extranjero, nacido en Curazao, sería el encargado de acopiar los estupefacientes en la vivienda en la que fue aprehendido, definir los métodos de camuflaje de la sustancia entre maletas y coordinar la salida a destinos internacionales. Asimismo, se le atribuyen nexos con redes criminales de Colombia, España, Países Bajos y Albania.
Por estos hechos, el Tribunal de Zwolle, en Países Bajos, requiere a De Freitas para que responda por cargos relacionados con tráfico de estupefacientes. En ese sentido, permanecerá privado de la libertad mientras se surten los trámites legales y diplomáticos para su extradición a ese país europeo.
Esta información se publica por razones de interés general.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





