Un juzgado de Honda (Tolima) lo había sentenciado en 2022 a 19 años de prisión homicidio simple. La Fiscalía apeló la decisión.

En la imagen se ve una persona detenida bajo custodia de dos uniformados de la Policía Nacional.
El hombre se encuentra detenido desde el día de los hechos cuando fue detenido en flagrancia.

La Fiscalía General de la Nación consiguió que el Tribunal Superior de Ibagué revocara una decisión de primera instancia y en su lugar condenara a 20 años y 10 meses de prisión a Marco Tulio Carranza Pineda, responsable del delito de feminicidio del que fue víctima su expareja sentimental.

La sentencia inicial fue proferida el 7 de abril del 2022 por un juzgado de conocimiento de Honda, que lo condenó a 19 años de prisión por homicidio simple. Asimismo, le fue modificada la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas en un término de 20 años.

El caso

Los hechos ocurrieron en horas de la noche en una vivienda del barrio Carlos Alberto Rubio del municipio Mariquita (Tolima), donde fue asesinada una mujer causándole múltiples heridas con arma cortopunzante.

El día de los hechos la comunidad advirtió a las autoridades luego de que escucharan gritos de auxilio. Al llegar al sitio la Policía encontró a la víctima tendida en el piso sin signos vitales. Uno de los patrulleros que atendió el caso observó salir un sujeto por una ventana, quien fue perseguido por las autoridades que lo detuvieron cerca de su casa.

La pareja había convivido 3 años y llevaba 8 días de haber culminado una relación marcada por constantes episodios de celos y violencia física.

 

 

 

PAAM/LMFO/MAGA/MCAA/DST

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.