En respuesta a una apelación presentada por la Fiscalía ante un fallo absolutorio contra el presunto responsable de homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego agravado, el Tribunal Superior de Villavicencio  revocó  dicha sentencia y condenó al procesado.

Por esta razón Javier Fernando Manrique Martínez deberá cumplir una pena de 35 años y 3 meses (430 meses) de prisión como responsable de la muerte de Wilson Mateus Güisa, en hechos ocurridos  el 31 de julio de 2012  en el barrio San Carlos de Villavicencio (Meta).

Los hechos se presentaron en horas de la tarde, como resultado de una pelea entre dos mujeres en vía pública en la que intervinieron familiares y conocidos de las implicadas y donde resultó herido un adulto mayor.

Como consecuencia varias de estas personas ingresaron a una casa tras el causante de la agresión. Donde la víctima, familiar del dueño de la vivienda, recibió tres disparos con arma de fuego que le causaron la muerte.

Aunque  Manrique Martínez fue judicializado como presunto responsable del homicidio en fallo emitido el 22 de junio de 2022 por el Juzgado 2° Penal del Circuito que lo declaró inocente por duda, esta decisión fue apelada por un fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Meta.

Después de revisar el material probatorio presentado por la Fiscalía, el Tribunal concluyó y decidió lo concerniente revocando el fallo absolutorio y condenando a Manrique Martínez como responsable de los delitos imputados.

En este fallo el Tribunal negó la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria para el condenado, que deberá cumplirla en centro carcelario.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

 

PYMP/CFG/JHM/DSM

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.