Los procesados habrían instrumentalizado a un menor de edad para cometer la acción delincuencial.

En la foto aparecen los capturados de frente y custodiados por dos uniformados de la Policía Nacional. De fondo aparece un backing de la Policía Nacional y las motos incautadas.
Estos tres hombres fueron capturados en flagrancia por la Policía Nacional. Durante el procedimiento fueron incautadas dos motocicletas.

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Brayan Stiven Rodríguez Ortiz, Harold Mauricio Garrido Rovira y Deimi Alejandro Velásquez Patete, presuntos responsables del hurto de una motocicleta de alto cilindraje en la vía que de Rivera conduce a Palermo (Huila).

Un fiscal adscrito a la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de la Seccional (Huila), les imputó, de acuerdo con su responsabilidad individual, los delitos de hurto calificado y agravado y uso de menores de edad para la comisión de delitos. Cargos que los procesados no aceptaron.

Los hechos ocurrieron el pasado 5 de enero, cuando una pareja se desplazaba en la motocicleta. A la altura del sector conocido como Casa Piedra, fueron abordados por dos de los imputados quienes, al parecer, los hicieron caer.

Posteriormente, seis personas más, entre las que se encontraba un adolescente amedrantaron a las víctimas y se apoderaron del automotor. Una vez cometida la acción delincuencial huyeron del lugar.

Estos tres hombres fueron capturados en flagrancia por la Policía Nacional. Durante el procedimiento fueron incautadas dos motocicletas.

 

 

 

 

 

WAGG/LMFO/AMCJ/JC/JCFJ/DSH

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.