En uno de los hechos fue abusada y asesinada una adolescente indígena de 16 años de edad en el municipio de Turbo (Antioquia)

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un Juez de Control de Garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de Eliberto Domicó Domicó, de 31 años de edad y Elkin Carupia Jumi, de 24 años, como presuntos responsables de feminicidio agravado, tentativa de homicidio agravado y acceso carnal violento agravado.

Los hechos investigados ocurrieron en la comunidad indígena Volcán Doquera del municipio de Turbo (Antioquia) este domingo 4 de junio, cuando varios hombres se habrían llevado por la fuerza a una menor de 16 años, quien al parecer fue abusada y asesinada.

Se evidenció además que los presuntos delincuentes intentaron estrangular a otro menor de 14 años, que acompañaba a la víctima, para evitar que contara lo sucedido. El joven logró escapar y dar aviso a la comunidad.

De acuerdo con el dictamen de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la causa de muerte del menor fue asfixia mecánica por estrangulamiento.

Los procesados fueron capturados por la guardia indígena y entregados a servidores de la Policía Nacional, quienes los dejaron a disposición de la Fiscalía para su judicialización.

Los procesados no se allanaron a los cargos que les imputó un fiscal de la Seccional Antioquia durante las audiencias concentradas.

FEMINICIDIO Y HOMICIDIO DE MUJERES EN ANTIOQUIA

Entre enero y lo que va del mes de junio de este año, en la jurisdicción de la Seccional de Fiscalías de Antioquia han sido reportados 14 homicidios de mujeres, de los cuales 5 fueron tipificados como feminicidios, y ya  fueron resueltos en su totalidad de manera positiva.

En el mismo período se han presentado 1074 casos de violencia intrafamiliar con un índice de resolución de casos de 82 por ciento.

Entre los años 2022 y 2023 se ha logrado la judicialización de 5 miembros de diferentes comunidades indígenas, por casos de abuso sexual de mujeres de los mismos resguardos.

JUDICIALIZADO SUPUESTO BRUJO POR ABUSO SEXUAL DE DOS MUJERES EN CAUCASIA, BAJO CAUCA ANTIOQUEÑO

En otra decisión judicial, la Fiscalía General de la Nación, obtuvo medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de un hombre de 65 años de edad, conocido como Bigotes, como presunto responsable de abusar sexualmente de una mujer adulta y de su hija de 17 años, durante una supuesta sesión de brujería.

Según la investigación adelantada por un fiscal de la Unidad de Género de la Seccional Antioquia, los hechos habrían ocurrido en la vivienda del procesado ubicada en zona urbana de Caucasia, bajo Cauca antioqueño, en febrero de este año, cuando la mujer de 44 años, al parecer fue accedida por el procesado, mientras que su hija habría sido objeto de tocamientos de carácter sexual.

Las labores de policía judicial permitieron establecer que después del supuesto ritual de brujería, el investigado les habría prohibido a las mujeres contar lo sucedido para evitar que algo malo les sucediera.

El hombre fue capturado por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación y durante las audiencias concentradas no aceptó los cargos endilgados por los delitos de acceso carnal con persona puesta en incapacidad de resistir y actos sexuales con persona puesta en incapacidad de resistir.

En lo que va corrido del año 2023, la Dirección Seccional de Fiscalías de Antioquia ha recibido 290 denuncias por presunto abuso sexual y el avance de resolución de los casos es del 70.69 por ciento.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

LFML/MG/DPB/DSA

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.