La Fiscalía General de la Nación judicializó al taxista Gustavo Adolfo Pretel Morales, presuntamente responsable de las agresiones sexuales a las que fueron sometidas dos mujeres de 31 y 21 años, quienes habrían requerido sus servicios de transporte.

Labores de policía judicial evidenciaron que en horas de la tarde del 2 de septiembre y el 5 de octubre pasados el ahora procesado fue contactado por las víctimas para movilizarse. Durante el viaje el hombre habría modificado la ruta propuesta, para llevar a las mujeres a sectores despoblados que colindan con el barrio Country y la Terminal de Transporte.
Acciones adelantadas por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) en desarrollo de las pesquisas preliminares evidenciaron que en el lugar le hombre, de 30 años, intimidaba con un arma cortopunzante a las mujeres, en el asiento trasero del vehículo.
Luego de apropiarse de los objetos de valor, y aprovechando que el automotor contaba con vidrios polarizados Pretel Morales habría abusado sexualmente de las mujeres. Por estos hechos una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abusos Sexuales (Caivas) imputó al procesado los delitos de acceso carnal violento, actos sexuales violentos y hurto.
La captura del procesado estuvo a cargo de servidores del CTI y se materializó el pasado 3 de diciembre en vía pública del sector de Los Ejecutivos en La Heroica.
Tras rechazar los cargos en su contra, el hombre fue afectado con medida de aseguramiento en centro carcelario.
MEVA/MAGA/AC/EGM/DSB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





