El joven, de 15 años, aceptó durante la audiencia de acusación su participación en el ataque armado.

Luego de valorar las pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación y la aceptación voluntaria de cargos hecha durante la audiencia de acusación, un juez del conocimiento del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) sancionó al menor de edad que disparó contra el senador y precandidato presidencial, Miguel Uribe Turbay, el pasado 7 de junio, en el barrio Modelia de la localidad de Fontibón, en el occidente de Bogotá.

La decisión precisa que el menor de edad deberá permanecer siete años privado de libertad en un centro de atención especializada.

En el curso de la investigación se conoció que el joven fue contactado y convencido de ejecutar el ataque armado. En ese sentido, fue citado al barrio Modelia y a bordo de un carro conducido por Carlos Eduardo Mora González, recibió una pistola Glock 9 mm de manos de Elder José Arteaga Hernández, alias Chipi. Posteriormente, descendió del vehículo, caminó al parque El Golfito donde la víctima participaba en una concentración política y le disparó.

En la huida por las calles del sector, el adolescente fue interceptado por integrantes del esquema de seguridad del precandidato, y puesto a disposición de las autoridades para su judicialización.

Durante la audiencia de acusación realizada el pasado 4 de agosto, el joven aceptó los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. Siete días después el senador y precandidato Uribe Turbay murió.

La sanción conocida es primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley. Este proceso se siguió de acuerdo con los parámetros definidos en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.

 

 

 

 

 

LMFO/JARG/DJR/DST.

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.