El material probatorio recaudado por un fiscal de la Seccional Bolívar permitió que un juez de conocimiento de Cartagena condenara a 36 años de prisión a Jorge Enrique Arnedo Julio, responsable de asesinar al rector de un colegio en el municipio de San Jacinto.

En la foto está un hombre delgado de pie, de frente, moreno, con la cabeza agachada, los brazos adelantes esposados, cabellos negros y se encuentra vestido con camiseta y bermuda azul. Uniformados del CTI y de la Policía aparecen custodiándolo. 
El hoy sentenciado fue capturado en una diligencia de allanamiento en Cartagena por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Policía Nacional.

Los hechos ocurrieron el 20 de abril de 2024 en la residencia de la víctima, en el barrio Centro, donde el cuerpo del docente fue hallado atado de pies y manos. El dictamen emitido por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses determinó que su deceso se produjo por asfixia.

La Fiscalía demostró que el condenado fue el autor material del crimen y quien hurtó las joyas que estaban en el lugar, además de un computador y otros artículos avaluados en cerca de 20 millones de pesos.

Funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de la Policía Nacional, capturaron al agresor en una diligencia de allanamiento realizada en mayo de 2024, en una vivienda de un conjunto residencial de Cartagena.

El procesado se encuentra recluido en un centro carcelario por los delitos de homicidio y hurto, ambas conductas agravadas.

Esta decisión fue apelada por la defensa del sentenciado.

 

 

 

 

 

MEVA/MAGA/ZA/EGM/DSB

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.