Se le atribuyen cinco eventos delictivos cuya cuantía supera los 145 millones de pesos.
La Fiscalía General de la Nación detectó el actuar ilegal de una red delincuencial señalada de hacerse pasar como misión médica y utilizar una ambulancia para realizar secuestros y hurtos violentos a viviendas y establecimientos de comercio en las localidades de Teusaquillo, Usaquén y Suba en Bogotá.
Los señalados integrantes fueron identificados y judicializados. Se trata de Wilmer Yesid Jiménez Ardila, Ana Yasiris Mena Mena y Fabián Octavio Chivatá Giral, quienes estarían implicados en, por lo menos, cinco eventos delictivos, cuya cuantía supera los 145 millones de pesos.
Uno de los casos que se les atribuye ocurrió el 30 de agosto de 2024. Estas tres personas presuntamente ingresaron a una vivienda simulando una emergencia médica, retuvieron a una pareja en medio de amenazas e intimidaciones con armas de fuego; mientras se apoderaban de dinero en efectivo y elementos de alto valor, y realizaron transferencias desde las cuentas bancarias.
En otros hechos conocidos habrían utilizado el vehículo medicalizado para huir, luego de ingresar a establecimientos de comercio haciéndose pasar como clientes, someter a los trabajadores y obligarlos a entregar los recursos que obtenían por las ventas del día.
Por todo lo anterior, un fiscal de la Seccional Bogotá presentó a los dos hombres y a la mujer ante un juez penal de control de garantías y les imputó los delitos de hurto calificado y secuestro extorsivo, ambas conductas agravadas.
Los procesados no aceptaron cargos y deberán cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.
LMBG/AMCJ/JARG/OLVC/DSB.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





