Un fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual seccional Pasto, imputó cargos a un hombre como presunto autor de los delitos de acceso carnal abusivo con incapaz de resistir agravado y actos sexuales con menor de 14 años agravado.

Presunto responsable de acceso carnal y actos sexuales abusivos en contra de una menor de edad, por lo que fue enviado a la cárcel.

Un juez penal municipal avaló la imputación del ente investigador y dictó medida de aseguramiento en contra del sujeto consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario.

Según la investigación, el sujeto fue denunciado por la madre de la víctima por hechos ocurridos entre abril de 2018 y el 30 de enero de 2020, en una vivienda ubicada en el barrio El Pilar, de esta capital de Nariño, cuando, aprovechando que vivía bajo techo con varios familiares habría accedido sexualmente a una menor de 8 años, de manera reiterada y consecutiva.

El último evento de abuso se habría  registrado el 30 de enero de 2020, cuando, aprovechando que se encontraba solo en la vivienda, ingresó a la habitación de la menor, quien se encontraba dormida, y supuestamente la manipuló en sus partes íntimas y la accedió sexualmente.

El 13 de diciembre de 2021, el Juzgado Sexto Penal de Pasto emitió una orden de captura en contra del imputado, que se cumplió el 16 de febrero de 2022 por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación, junto con agentes de la Sijin de la Policía Nacional, cuando se desplazaba por un sector de esta ciudad.

Luego lo trasladaron a la Unidad de Reacción Inmediata en donde fue indagado por un fiscal seccional.

La Fiscalía habla con resultados 

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JGP/LVB/CFG

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004