En la foto está un hombre trigueño, de pie, de frente, con los brazos atrás esposados, de contextura gruesa, cabellos cortos negros, está vestido con una camiseta rosada y una bermuda negra. A su lado están dos uniformados de la Policía Nacional.
El procesado fue capturado en flagrancia, cuando, al parecer recibía el dinero de la extorsión.

La Fiscalía General de la Nación, a través de la Seccional Bolívar, judicializó ante un juez de control de garantías a Joseph Fernando Leal Piedrahita, alias El Pomelo, señalado de extorsionar a un ciudadano en el municipio de El Carmen de Bolívar (Bolívar).

La decisión judicial se relaciona con hechos registrados el pasado 2 de octubre cuando un comerciante en el barrio Nariño de la referida población, recibió mensajes en su celular en los que a nombre de una organización ilegal le exigían el pago de dos millones de pesos a cambio de no asesinarlo a él o a su familia.

Las amenazas continuaron hasta el pasado 7 de octubre. La víctima le manifestó al extorsionista que no contaba con los recursos para cumplir las exigencias. A pesar de esto, una acción conjunta entre el Gaula de la Policía Nacional permitió materializar la captura de Leal Piedrahita cuando habría acudido a cita para supuestamente recibir el dinero de la extorsión.

El hombre negó su responsabilidad frente al delito de tentativa de extorsión imputado por el ente acusador.

Por petición de la Fiscalía el juez del caso impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario al procesado.

MEVA/MAGA/ZA/EGM/DSB

 

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.