De acuerdo con el expediente, el imputado es señalado de participar en el homicidio de la mujer, ocurrido en diciembre pasado en el municipio de El Roble.
La Fiscalía General de la Nación judicializó a William Antonio Ruz Aguas, presunto responsable del homicidio de la líder social y campesina Darly Arcia Anaya, ocurrido el 2 de diciembre de 2025 en zona rural del municipio de El Roble (Sucre).
En desarrollo de actividades investigativas, el procesado fue capturado en zona rural de ese municipio en una acción interinstitucional adelantada por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de la Sijín de la Policía Nacional, el Ejército Nacional y la Armada Nacional.
De acuerdo con los elementos materiales probatorios y la información legalmente obtenida, el día de los hechos el presunto agresor habría señalado a la víctima, quien se encontraba en su vivienda, para que la atacaran a disparos presuntamente como consecuencia de un conflicto previo relacionado con un tractor.
Por estos hechos, un fiscal de la Seccional Sucre le imputó a Ruz Aguas los delitos de homicidio agravado; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. El procesado no aceptó los cargos y, por disposición de un juez penal de control de garantías, deberá cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.
La víctima era una reconocida líder social y campesina que adelantaba labores comunitarias con la comunidad de El Roble.
VHGB/AMCJ/AH/DSS
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





