El procesado habría participado en las acciones previas y posteriores a la ejecución del ataque.

La imagen muestra a un hombre esposado en el centro, custodiado por varios policías uniformados. El hombre, de contextura media, lleva una chaqueta acolchada de color oscuro y jeans azules. Tiene el rostro serio y mira hacia el frente. Está custodiado a cada lado por policías vestidos con chaquetas amarillas fluorescentes y gorras negras con la palabra “POLICÍA” en letras mayúsculas. Al fondo, hay una pared cubierta con un pendón institucional repetido con el escudo de la Policía Nacional de Colombia. En la parte superior derecha de la imagen se observan los logos de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación.
Elder José Arteaga Hernández, alias El Costeño o Chipi, fue capturado por la Policía Nacional y presentado ante la justicia por su presunta participación en el atentado sicarial contra el senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, ocurrido en junio de 2025 en el occidente de Bogotá.

La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a Elder José Arteaga Hernández, alias El Costeño o Chipi, por su presunta participación en las acciones de coordinación del atentado contra la vida del senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, perpetrado el pasado 7 de junio en el barrio Modelia en el occidente de Bogotá.

Los elementos materiales probatorios recopilados evidencian que Arteaga Hernández se habría reunido con William Fernando González Cruz, persona ya judicializada, para organizar las acciones previas y posteriores al ataque sicarial. Uno de los encuentros se realizó el 4 de junio del año en curso, en la localidad de Bosa.  

De otra parte, es el señalado de contactar y ofrecer dinero a Katherine Andrea Martínez, Carlos Eduardo Mora González, y un menor de edad, para que participaran en el hecho y distribuir los roles que cada una cumpliría.

El 6 de junio, alias El Costeño habría realizado labores de verificación del parque El Golfito donde el precandidato presidencial adelantaría un encuentro con la comunidad, esto con el fin de establecer rutas de escape.

El día del atentado en inmediaciones al sitio del evento, presuntamente se reunió con Martínez Martínez y Mora González en un vehículo, en donde le entregó al adolescente el arma de fuego con la que debía atentar contra la vida del precandidato presidencial.

Posterior al ataque, Arteaga Hernández y la mujer, habrían huido del lugar en un automotor que era conducido por González Cruz, quien los esperaba en inmediaciones del parque.

Asimismo, al parecer se concertó con el conductor para que vendiera su celular, con el propósito de intentar desviar la atención de las autoridades.

En ese sentido, una fiscal especializada lo imputó por los delitos de homicidio en grado de tentativa, concierto para delinquir y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, estas tres conductas agravadas; además de uso de menores de edad para la comisión de delitos y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.

En audiencias concentradas el procesado no aceptó los cargos imputados y le fue impuesta medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.

Las acciones investigativas desplegadas de manera articulada por la Fiscalía y la Policía Nacional han permitido la judicialización de cinco de los presuntos responsables que participaron en la planeación y ejecución, entre ellas el menor de edad infractor que habría disparado contra la víctima.

 

AMCJ/GGR/DJR/DST/

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.