La mujer vendría realizando exigencias económicas a comerciantes de la zona, suplantando a grupos armados ilegales.

En la imagen se ve una mujer detenida bajo custodia de dos uniformados de la Policía Nacional. Detrás suyo un backing institucional.
La mujer fue detenida en Bogotá en cumplimiento a la orden judicial que pesaba en su contra por el delito de extorsión del que fueron víctima seis personas en Planadas, Tolima en diciembre de 2024.

Los elementos materiales probatorios presentados por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de control de garantías impusiera medida de aseguramiento en centro carcelario contra Maryuri Cuéllar, por su presunta responsabilidad en extorsionar, a través de mensajería instantánea y panfletos amenazantes, a comerciantes de Planadas (Tolima).

Esta mujer fue capturada en Bogotá, por servidores del Gaula de la Policía de Tolima. Un fiscal especializado le imputó los delitos de extorsión y tentativa de extorsión, ambas conductas agravadas; además uso de menores en la comisión de delitos. Cargos que no fueron aceptados.

Maryuri Cuéllar estaría vinculada en seis eventos delictivos, ocurridos en diciembre de 2024, cuando los comerciantes fueron constreñidos, supuestamente, por un grupo armado ilegal, a pagar entre 3 y 4 millones de pesos, por temor a que atentaran contra sus vidas o afectaran sus negocios. Producto de estas exigencias habría recibido 15.000.000 de pesos.

Además, se evidenció que esta mujer habría instrumentalizado a un menor de edad, para que recogiera el dinero, de las extorsiones.

 

 

 

 

 

PAAM/LMFO/AMCJ/ACRB/DST

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.