En su calidad de gerente y administrador de los recursos de la campaña ‘Petro Presidente 2022’ habría permitido que los gastos electorales superaran los topes fijados por la autoridad electoral en 1.388 millones para la primera vuelta y 276 millones de pesos para la segunda vuelta.
La Fiscalía General de la Nación imputó al exgerente de la campaña ‘Petro Presidente 2022’ y actual presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa Barragán, como presunto responsable del delito de violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales. Cargo no aceptado.
El hoy procesado, en ejercicio de su labor de dirección y gestión de los recursos y movimientos de dinero, habría permitido que los gastos de campaña excedieran el techo fijado por la autoridad electoral para garantizar equidad y transparencia en el proceso. No obstante, reportó en el aplicativo ‘Cuentas Claras’ y ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) un balance contable de ingresos y egresos que aparentemente cumplía los requisitos de ley.
Los elementos materiales probatorios y la información legalmente obtenida dan cuenta de que en realidad se habrían superado en 1.388 millones de pesos los topes permitidos para la primera vuelta presidencial y en 276 millones de pesos el límite fijado para la segunda vuelta.
Los gastos que habrían excedido los topes estarían asociados a ruedas de prensa en hoteles, desayunos, préstamos, transporte, logística, alimentación, créditos para eventos de cierre de campaña, piezas publicitarias y aportes de un sindicato.
De igual manera, en el curso de la investigación orientada por un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción se conoció que desembolsos y costos generados en primera vuelta, al parecer, fueron reportados en los informes de segunda vuelta; y muchas de las inversiones de segunda, en los registros de primera vuelta.
Esta información se publica por razones de interés general.
LAGP/JARG/EA/MPO/DECC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





