El Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá condenó a 72 meses de prisión domiciliaria al coronel (r) de la Policía, Luis Gonzaga Enciso Barón, por el delito de tortura en el caso de Wilson Gutiérrez Soler.
Los hechos por los cuales el entonces coronel Gonzaga Enciso Barón, a cargo de la Unidad Nacional Antisecuestro y Extorsión de la Policía Nacional, conocida como UNASE, fue sentenciado en primera instancia, se remontan a 1994 cuando el grupo a su mando capturó a Wilson Gutiérrez Soler.
El relato de la víctima, según la sentencia, señala que “el 24 de agosto de 1994, mientras se encontraba esposado en las instalaciones del UNASE (…), en tanto Ricardo Dalel le sujetaba, el oficial Luis Gonzaga Enciso Barón procedió a extraer de su bolsillo unos fósforos, bajar los pantalones de la víctima y a quemarle el miembro viril” (sic).
Las lesiones denunciadas por Gutiérrez Soler fueron verificadas y confirmadas por el Instituto de Medicina Legal en dictámenes como el realizado el mismo día de los hechos en horas de la noche, mientras se encontraba bajo custodia del UNASE y los realizados dos días después en el Hospital San Juan de Dios.
Por estos hechos el Juzgado de Primera Instancia de la Auditoría Auxiliar de Guerra No 60m, a través de decisión del 2 de marzo de 1998, declaró la cesación del procedimiento en favor de Enciso Barón, por cuanto no cometió el delito de tortura.
Posteriormente, el 17 de septiembre de 2008, luego de la decisión que sobre estos hechos emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Suprema de Justicia a través de una acción de revisión declaró sin validez la cesación del procedimiento y ordenó a la Fiscalía General de la Nación continuar con la investigación en contra de Enciso Barón.
En 2009 la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario declaró la apertura de la investigación y tras escuchar en indagatoria al oficial, se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento y el 14 de enero de 2011 lo acusó por cargos de tortura y privación ilegal de la libertad.
En su sentencia el Juez Especializado absolvió al oficial por el cargo de privación ilegal de la libertad y lo condenó por el delito de tortura concediéndole la detención domiciliaria para el cumplimento de la pena.
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