Los imputados habrían retirado los recursos que previamente fueron transferidos desde la cuenta municipal.

Labores investigativas adelantadas por la Fiscalía General de la Nación, permitieron que un juez de control de garantías impusiera medida de aseguramiento en centro carcelario, a cuatro personas que habrían robado más de 960.000.000 de pesos de las cuentas de la Alcaldía de Sampués (Sucre).
Los hechos materia de investigación se presentaron el 12 y 13 de agosto de 2024, cuando se habrían realizado transferencias no consentidas desde la cuenta maestra del municipio.
Las evidencias recopiladas permitieron establecer, que, al parecer, se realizaron cinco movimientos bancarios de manera ilegal a empresas particulares y cuentas personales.
Los procesados de manera concertada y con división de roles habrían sido los encargados de retirar los recursos públicos que previamente transferidos. La cuantía de las transacciones no autorizadas alcanzó los 969’814.500 de pesos.
Se trata de Alexis Daniel Alvear Verona, Jennifer Joanie Osorio Fajardo, Alberto Joaquín Hernández Luna y Aldo Erneys Medrano Martínez, a quienes un fiscal de la Seccional Sucre les imputó los delitos de hurto por medios informáticos y semejantes. En audiencias concentradas los procesados no aceptaron cargos.
Estas personas fueron capturadas por Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de Sucre, con apoyo de uniformados del Gaula Militar en procedimientos realizados en el área urbana de Soledad y Barranquilla (Atlántico).
VHGB/AMCJ/JFA/DSS/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.