El hoy sentenciado indicó a los familiares y a las autoridades que su pareja había viajado a Nicaragua. Sin embargo, en el curso de la investigación fue desvirtuada esa versión.
En atención a las pruebas y argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación en juicio oral, un juez penal de conocimiento de San Andrés Islas condenó a Hernán Mcgowan Archbold a 30 años y 8 meses de prisión, y lo declaró responsable del delito de desaparición forzada.
La víctima de los hechos que motivaron la sentencia, una mujer de 35 años, fue vista por última vez el 19 de diciembre de 2010, en una vivienda del sector La Piscinita, en San Andrés. Desde entonces se desconoce el paradero.
En su momento, Mcgowan Archbold, su compañero sentimental, indicó a familiares y a las autoridades que su pareja había viajado a Nicaragua para realizar unas diligencias personales y que la había llevado en una lancha mar adentro para que trasbordara a otra embarcación. En el curso de la investigación orientada por una fiscal especializada de la Seccional San Andrés se conoció que el hombre, de 70 años, fue la última persona que tuvo contacto con la mujer. Asimismo, se obtuvo información que acreditaba que no ingresó al país centroamericano ni llegó al lugar al que supuestamente se dirigiría.
En las verificaciones también quedó en evidencia que, durante el tiempo de convivencia, el hoy sentenciado sometió a su compañera sentimental a un ciclo continuo de violencia física y verbal.
La condena emitida, además de señalar que la pena debe hacerse efectiva en centro carcelario, impone a Hernán Mcgowan Archbold el pago de una multa equivalente a 1.333 salarios mínimos legales vigentes e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
El fallo es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.
MEVA/AMCJ/JARG/AA/TAM/DSSPS
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





