Luego de avalar el preacuerdo entre la Fiscalía y cuatro integrantes del Frente 26 de Marzo de las disidencias de las Farc, un juzgado de conocimiento los condenó a la pena de 9 años de prisión.

En la imagen se ven dos personas detenidas, bajo custodia de integrantes de la Policía Nacional y el Ejército. Frente a ellos una mesa con elementos incautados. Detrás, un backing institucional.
Este frente delinquía con alias Miller quien fuera muriera durante enfrentamientos con la Fuerza Pública el 31 de octubre de 2024. Con estas sentencias se logra desarticular este grupo delictivo responsable de varios atentados a la Policía y la población tolimense.

Brigitte Sofía Solarte García, Wilmer Alexánder Cadena Rosero, Kevin Marin Tabares y Bladimir Cubillos Cachaya, fueron encontrados responsables de los delitos de concierto para delinquir agravado con fines de homicidio; fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

El Frente 26 de Marzo tiene presencia en Murillo (Tolima) y sus alrededores, a donde llegaron los hoy condenados desde Huila y Cauca, para incurrir en diferentes acciones ilícitas en esta zona.

En la decisión, además, se les impuso una multa de 2.362,5 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Estas personas fueron capturadas el 31 de octubre de 2024, en la vereda El Vinagre de Murillo, durante una operación adelantada por la Policía y el Ejército Nacional.

La decisión quedó en firme.

 

 

 

PAAM/LMFO/AMCJ/JIS/DECOC

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.