Entre las propiedades están los establecimientos nocturnos que, al parecer, eran utilizados para someter a las víctimas a actividades ilícitas.
La Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio de la Fiscalía General impuso medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, embargo y secuestro sobre tres inmuebles y seis establecimientos de comercio ubicados en Yopal (Casanare), que habrían sido utilizados o adquiridos por una red de trata de personas.
Los bienes, cuyo valor supera los $300’000.000, fueron ocupados en diligencias realizadas de manera articulada por la Fiscalía y la Dirección de Protección y Servicios Especiales de la Policía Nacional (DIPRO).
Las investigaciones permitieron conocer que las propiedades harían parte del patrimonio de Isabelina Fonseca Rosas, alias Rosas, presunta cabecilla de la estructura criminal.
Esta mujer, junto a sus hijos y otros conocidos, supuestamente, reclutaba jóvenes y menores de edad en los pasos fronterizos con Venezuela, las convencían de aceptar trabajos como meseras en Yopal y, posteriormente, las obligaban a ejercer actividades de tipo sexual en medio de posibles amenazas y chantajes.
Por estos hechos, alias Rosas y otras nueve personas fueron capturadas y judicializadas en diciembre de 2020, en un proceso adelantado por la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Fiscalía.
Los bienes afectados quedaron a disposición de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para su administración.
Esta información se publica por razones de interés general.
MAGA/JARG/LPDS/MRC.
La Fiscalía habla con resultados.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.