Fiscales del Grupo Especial para la Lucha Contra el Maltrato Animal (Gelma) presentaron ante jueces de control de garantías a dos hombres, quienes serían los responsables de dos casos distintos de maltrato animal ocurridos en Icononzo (Tolima) y Zipaquirá (Cundinamarca).  

Ataque con arma de fuego 

El material de prueba recolectado por Gelma da cuenta de que Rafael Romero habría ocasionado la muerte con arma de fuego a ‘Matías’, el animal de compañía de una vecina.  

Los hechos ocurrieron el 12 de septiembre de 2020, en la vereda Dosquebradas de Icononzo (Tolima). El señalado agresor, supuestamente, disparó contra el perro porque se comió unos huevos de su finca. Los dueños del canino intentaron asistirlo y recuperar su condición; sin embargo, las heridas internas y una fractura precipitaron la muerte de ‘Matías’, ocho días después del ataque.  

Rafael Romero fue imputado por el delito de maltrato animal.  

Agresión a golpes  

El pasado 11 de junio, en un acto de intolerancia, Gustavo Adolfo Rodríguez Joya habría causado la muerte de un gato, en Zipaquirá (Cundinamarca). 

La ciudadanía alertó a unidades de la Policía Nacional sobre el violento hecho. El hombre, al parecer, golpeó sistemáticamente al animal contra un andén.  El gato murió en el lugar del ataque.  

Rodríguez Joya, quien presentaba anotaciones judiciales por violencia intrafamiliar, fue imputado por el delito de maltrato animal agravado.  

AMCJ/JARG/MCRC/AG/ 

La Fiscalía habla con resultados 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.