El presidente de la República no necesita convocar a un referendo o una consulta para refrendar los acuerdos de paz que alcance con las guerrillas porque la ley y la Constitución le dan la legitimidad para realizar el proceso.
Tanto la ley 418 como el marco constitucional para la paz le otorgan estas facultades, explicó el Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, quien enfatizó que no está “de acuerdo con que el presidente convoque a una consulta o referendo” sobre el tema, puesto que jurídicamente no se encuentra obigado a tal acción. Además, explicó el funcionario, la gran legitimidad sobre los acuerdos la dará la Corte Constituciónal cuando analice las normas.
El Fiscal añadió que “el gran referendo por la paz ya se hizo en las elecciones pasadas cuando el país decidió reelegir al presidente Santos sobre la base de una política de una salida negociada al conflicto. Creo que los colombianos hicieron el gran referendo por la paz”.
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