Esta mujer haría parte de la red de apoyo logístico del grupo armado ilegal, contribuyendo con el transporte de armas e insumos para la ejecución de actividades ilícitas.

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, una juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Mélida Patricia Morales García, alias Patricia, presunta encargada de transportar armas de fuego, material de intendencia y suministros médicos para integrantes del frente Adán Izquierdo de las disidencias de las Farc.

Un fiscal de la Delegada para la Seguridad Territorial le imputó el delito de concierto para delinquir agravado. La procesada no aceptó el cargo.

De acuerdo con la investigación, la mujer haría parte de esta estructura desde 2024 y prestaría apoyo logístico a sus integrantes con presencia en Tuluá.

Se evidenció que, desde 2023 y hasta la fecha, el grupo disidente de las Farc tiene presencia en Tuluá, Guadalajara de Buga, Guacarí, El Cerrito, Ginebra, Palmira, Pradera y sus zonas veredales, donde adelanta diversas actividades delictivas.

Entre las conductas ilícitas atribuidas al frente Adán Izquierdo se encuentran la extorsión, el hurto, el secuestro, los homicidios selectivos, el porte ilegal de armas, la utilización de prendas de uso privativo, el reclutamiento y el desplazamiento forzado, entre otras.

La mujer fue capturada por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de la Policía Nacional y el Ejército. Además, se incautaron 13 millones de pesos en efectivo, dos celulares, dos tabletas, dos cuadernos de apuntes, tres radios de comunicación y cuatro pares de botas de caucho nuevas.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.