La Fiscalía General de la Nación, a través de la Seccional Bolívar, judicializó a un hombre que en investigaciones distintas es señalado de abusar sexualmente a dos menores de edad en Magangué. Al parecer, el procesado aprovechaba su condición de mototaxista para agredir a las víctimas de 13 y 12 años.

Por esto, la Fiscalía imputó al procesado los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado y actos sexuales con menor de 14 años.

El primer caso ocurrió en el corregimiento de Cortina, en febrero de 2023. El ahora implicado se habría ganado la confianza de la mamá de una menor de 13 años, para que le permitiera llevar a la joven en su moto, a comer helado. Según se logró determinar, la adolescente fue trasladada a un sector solitario donde, al parecer, le realizó tocamientos de índole sexual.

En otro hecho, la Fiscalía cuenta con evidencia que vinvularía al mismo mototaxista con las agresiones sexual de otra menor de 12 años. Los hechos ocurrieron entre enero y marzo del 2024, en la carretera que conduce al corregimiento de Yatí. Durante los trayectos, el señalado agresor, se cree, desviaba su recorrido para acceder carnalmente a la joven, a quien habría amenazado con hacerle daño a su mamá, si ella contaba lo sucedido. Producto de los abusos la niña quedó en embarazo.

El procesado negó su responsabilidad en los dos casos por los que está siendo investigado penalmente. Por disposición judicial, el hombre cumplirá medida de aseguramiento en la cárcel Camilo Torres de Magangué.

MEVA/MAGA/YA/EGM/DSB

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.