Ante un juez con función de control de garantías, la Fiscalía imputó cargos a Jorman José Esteban Espinoza por los delitos de corrupción de alimentos o productos médicos o material profiláctico, enajenación ilegal de medicamentos.

En el marco de la estrategia ‘El Barrio es Nuestro’, la Fiscalía y la Policía Fiscal y Aduanera adelantaron en el barrio La Parada del municipio de Villa del Rosario (Norte de Santander), gracias a la información obtenida por la comunidad, diligencias de registro y allanamiento a cuatro residencias que al parecer eran utilizadas para el acopio de productos y medicamentos que no contaban con las medidas de seguridad y salubridad.

De acuerdo con las indagaciones adelantadas se presume que en estas residencias funcionan farmacias que almacenan medicamentos que llegan mediante encomiendas desde el interior del país, con el objetivo de comercializarlos a la población venezolana y para introducirlos por las trochas a Venezuela para su venta a un menor precio.

En los procedimientos las autoridades incautaron 345.684 unidades de medicamentos de procedencia nacional y uso institucional y 61.297 unidades de origen extranjero sin los documentos que acreditarán su legal ingreso al territorio colombiano.

Entre los medicamentos retenidos se hallaron Azitromicina, Ibuprofeno, Eutirox, Valzartan, Ensure, Metformina, Complejo B, entre otros, elementos avaluados en más de 500 millones de pesos.

El procesado aceptó su responsabilidad y un juez con funciones de control de garantías, dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad, consistente en detención domiciliaria.

La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.