En el curso de la investigación se estableció que la víctima fue agredida en, por lo menos, dos oportunidades.

En atención a los elementos materiales probatorios aportados por la Fiscalía General de la Nación, un juez penal de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Juan Felipe Rodríguez Arango, el trabajador de un jardín infantil en Soacha (Cundinamarca) que habría abusado sexualmente de una niña de tres años.

El hombre es señalado de aprovechar el rol que ejercía en la institución para realizar conductas inapropiadas en contra de la formación e integridad sexual de la menor de edad en, por lo menos, dos oportunidades entre el 22 de abril y el 13 de mayo del presente año.

La madre de la víctima identificó los cambios intempestivos en el comportamiento de su hija y la llevó a un centro médico para que fuera valorada. Los especialistas detectaron lesiones compatibles con agresiones de tipo sexual, situación que permitió activar el Protocolo de Atención Integral para Víctimas de Violencia Sexual.

En ese sentido, Rodríguez Arango fue capturado por unidades de la Sijin del Departamento de Policía se Cundinamarca. Un fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Soacha, en articulación con la Unidad Especial de Investigación de Delitos contra Niños, Niñas y Adolescentes (UENNA), le imputó el delito de actos sexuales con menor de 14 años. El cargo no fue aceptado.

En el curso de la investigación la Fiscalía recibió una nueva denuncia en contra del hoy procesado. Los hechos que involucran a otra niña menor de edad son objeto de verificación, se avanza en la obtención de evidencias y se está a la espera de los dictámenes medicolegales.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.