Los hechos que se les atribuye ocurrieron entre 2003 y 2004, en Villanueva, Monterrey, Aguazul y Yopal (Casanare).
La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, recopiló pruebas que dan cuenta de una directriz impuesta por los máximo cabecillas de las extintas Autodefensas Campesinas de Casanare (ACC) a las diferentes estructuras armadas a su cargo: identificar y actuar violentamente en contra de toda persona que, en su concepto, se opusiera o denunciara las actividades delictivas que realizaban en la región, por presuntamente colaborar con grupos armados y por control social del territorio.
En cumplimiento de esa instrucción criminal, 15 personas fueron asesinadas y dos más desaparecidas, entre ellas una joven de 16 años de quien a la fecha se desconoce su paradero, en hechos ocurridos entre 2003 y 2004 en Villanueva, Monterrey, Aguazul y Yopal (Casanare).
Héctor Germán y Nelson Orlando Buitrago Parada, conocidos como ‘Martín Llanos’ y ‘Caballo’, respectivamente; Josué Darío Orjuela Martínez, alias Solín; y Héctor Gregorio Hernández León, alias Pocholo, jefes principales de la ACC aceptaron por línea jerárquica en el grupo armado ilegal estos eventos delictivos y se acogieron a sentencia anticipada.
En ese sentido, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Yopal (Casanare) condenó a los hermanos Buitrago Parada y a Orjuela Martínez a 26 años y 8 meses de prisión por los delitos de homicidio agravado y desaparición forzada; y a Hernández León a 17 años y 11 meses de prisión por homicidio agravado.
Adicionalmente, el fallo impuso el pago de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes por concepto de perjuicios morales a favor de los familiares de cada víctima.
Esta información se publica por razones de interés general.
LAGP/LCHG/JARG/NGH/DECVDH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





