Uno de los responsables acosó sexualmente a su hija de 13 años; el otro, docente de profesión, incurrió en conductas de carácter sexual con una estudiante.
Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que dos jueces en Boyacá condenaran a un par de hombres quienes, en hechos independientes, incurrieron en delitos sexuales contra menores de edad.
- La Fiscalía presentó pruebas en las que consta cómo uno de los procesados aprovechó su condición de padre, de una menor de 13 años, para someterla a vejámenes sexuales. Las agresiones iniciaron en septiembre de 2023 y se prolongaron hasta mayo de 2025, y eran cometidas durante las visitas que le joven hacía al agresor, en el municipio de Garagoa. Varios mensajes de texto enviados por el ahora condenado hicieron parte de las evidencias aportadas por el ente acusador.
El hombre admitió su responsabilidad frente al delito de acto sexual agravado con menor de 14 años, y decidió suscribir de manera libre, espontánea y asesorado por su abogado un preacuerdo con la Fiscalía. Este último fue avalado por el funcionario judicial quien dispuso una condena de 12 años y 4 meses de prisión.
- En otro hecho, Néstor Orlando Cely Bautista fue judicializado por un fiscal de la Unidad Especializada de Delitos contra Niños, Niñas y Adolescentes (UENNA) debido a que se valió de su cargo como docente en una institución educativa de Tunja, para incurrir en tocamientos de índole sexual afectando a una estudiante de 11 años. Las agresiones ocurrieron en 2024. Por esto el agresor fue condenado a 12 años y 3 meses de prisión, luego de que el responsable suscribiera un preacuerdo con la Fiscalía y este fuera avalado por el juez.
Contra estas decisiones proceden los recursos de ley.
JPP/MAGA/DSB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





