La paz debe estar incluida dentro del concepto de justicia, explicó el Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, durante el diálogo que sostuvo con el catedrático Antanas Mockus en el marco del programa de la Universidad Javeriana y el Portal La Silla Vacía Sí o No, el poder de los argumentos.
Durante la discusión adelantada entre estos dos profesores universitarios alrededor de la conveniencia de darles penas de cárcel a los participantes del conflicto armado que hubiesen cometido delitos atroces, Montealegre explicó que no es conveniente para un futuro estado en paz pues, incluso, las normas colombianas mantienen la opción de no castigar con pena de cárcel a los guerrilleros de las Farc que se reintegren a la vida civil después de los diálogos de La Habana.
El funcionario explicó que el modelo constitucional del marco para la paz habla de máximos responsables, que serían quienes recibirían las penas, y selectividad para que los combatientes rasos no sean afectados por esta decisión.
Sin embargo, una vez condenados, pueden ser objeto de suspensión condicional de la pena sin privación de la libertad. Esto significa que no habrá impunidad porque se les aplicaría alternatividad penal.
El Fiscal aseguró que para afianzar la paz hay que restringir la finalidad de la pena en lo que se refiere a la retribución. Pero, “¿cuánto se puede restringir la justicia. El test de proporcionalidad señala que si el medio es adecuado, necesario y proporcionalmente estricto, significa que es, desde el punto de vista de la Constitución Política, adecuado”, dijo el Fiscal.
Asimismo, afirmó que debe aplicarse justicia transicional a los miembros de la Fuerza Pública vinculados con delitos de esta clase en el marco del conflicto; pero hay que darles tratamiento diferenciado. Es decir, estos sí pagarían algún tipo de pena porque los servidores públicos tienen unos deberes superiores a los del común de los ciudadanos y por eso hay que ser más severos que con los guerrilleros. Estas penas, sin embargo, tendrían opciones distintas al simple encarcelamiento.
Es decir, la sociedad puede evolucionar a conceptos más modernos de resolución de conflictos distintos a encarcelar a las personas.
AAEA