La Fiscalía General de la Nación, logró que un juez con funciones de control de garantías, impusiera medida de aseguramiento en contra del ex alcalde de Cúcuta (Norte de Santander), Donamaris Ramírez Paris-Lobo, (período 2012-2015), por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.
Los hechos se relacionan con las presuntas irregularidades en el trámite, celebración y liquidación del contrato por un valor de $4.695.902.120, celebrado el 30 agosto de 2013 para la de construcción de Centros de Desarrollo Infantil (CDI) –“Niños Para Grandes Cosas”, que estaría al servicio de la comunidad del barrio Torcoroma Siglo XXI, Urbanización Cormonares, Ciudadela El Rodeo y Comuneros del Sur.
En virtud de lo anterior, la Fiscalía evidenció que los procesados, al parecer, se apropiaron de la suma de $2.253.441.783 de dicho contrato, a través del incumplimiento de varios ítems entre ellos, estudios de suelo, instalación del servicio de agua potable y de fluido eléctrico; el pago de subcontratos que no se realizaron y de obras inexistentes.
Dentro de la investigación también fueron afectados dos con la misma medida los exfuncionarios Yimmy Galán Villamizar e Irly Yesenia Sandoval Pacheco, secretarios de despacho de las áreas de Fortalecimiento Corporativo y de Relaciones Institucionales respectivamente de la Alcaldía Municipal de Cúcuta; así como a los contratistas Jhon Fredy Maldonado Peñaranda y César Augusto Martínez Álvarez, que integran la Unión Temporal CDI conformada por las firmas MARMAL SAS e INGENIO CONSTRUCCIONES SAS.
En el desarrollo de las audiencias los imputados no se allanaron a cargos.
La Fiscalía repuso y apeló la decisión.
La Fiscalía habla con resultados
MPHA/MG/JAZC/JAAL/DSNS
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.